DISTRITO ESCOLAR NORTE DE SANPETE
Crear condiciones para el aprendizaje para que todos los estudiantes puedan tener éxito
DISTRITO ESCOLAR NORTE DE SANPETE
Crear condiciones para el aprendizaje para que todos los estudiantes puedan tener éxito
Distrito Escolar North SanpeteDeclaración de .............
Política de la Junta Directiva con Directrices
Número de póliza: IV-28 Fecha de vigencia: 13/11/2012 Fecha de revisión: 16/01/2018
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Asunto: Programa de evaluación de educadores Propósito
POLÍTICA DE LA JUNTA DIRECTIVA
El propósito del Programa de Evaluación de Educadores del Distrito Escolar North Sanpete es reconocer el desempeño de calidad y promover el crecimiento profesional de los educadores del distrito.
Definiciones:
Educador: un individuo empleado por el Distrito que debe tener una licencia profesional emitida por la junta estatal de educación.
Educador profesional: un educador autorizado con tres o más años de experiencia en el distrito que tiene una expectativa razonable de empleo continuo según las políticas de la Junta.
Educador provisional: un educador empleado por el Distrito que no ha alcanzado el estatus de educador de carrera dentro del Distrito.
Educador en período de prueba: un educador empleado por el Distrito a quien, según la política de la Junta, el Distrito le ha informado que su desempeño es inadecuado.
Administrador: directores de edificios, subdirectores y puestos de personal del distrito que requieren certificación administrativa.
Objetivo de aprendizaje del estudiante (SLO): es una meta de aprendizaje específica y una medida específica del aprendizaje del estudiante que se utiliza para seguir el progreso hacia esa meta.
Percentil de crecimiento estudiantil (SGP): describe el crecimiento de un estudiante en comparación con otros estudiantes con puntajes de pruebas anteriores similares en evaluaciones estatales.
PAUTAS
Componentes del Programa de Evaluación
Cronología
Reunión de capacitación: el administrador notificará a los docentes sobre el proceso de evaluación (incluida la herramienta utilizada para la evaluación)
Primeras dos semanas de clases
Autoevaluación del desempeño utilizando los estándares de liderazgo y enseñanza eficaz de Utah
Primeras dos semanas de clases
Crear un plan de crecimiento profesional en colaboración con el supervisor designado
1er mes de escuela
Observaciones provisionales del educador: dos (2) observaciones formales y conferencias de seguimiento con el administrador
1º antes del 1 de diciembre 2º antes del 1 de abril
Observaciones del educador profesional: una (1) observación formal y una conferencia de seguimiento con el administrador
Para el 1 de abril
Calificación formativa: revisión de objetivos, revisión de observaciones, líneas de evidencia, presentación de la calificación al superintendente o persona designada
Para el 1 de mayo
Evaluación sumativa: crecimiento del estudiante, observaciones, encuesta para padres y estudiantes
Para el 1 de mayo del año de renovación de la licencia del educador
Elegibilidad de los educadores para un aumento salarial
Un docente no puede avanzar en un programa salarial adoptado si su calificación en la evaluación sumativa es igual o inferior al segundo nivel más bajo de un instrumento de evaluación que diferencia entre cuatro niveles de desempeño como se describe en la Sección 53A-8a-405, a menos que el docente:
Si se determina que un educador profesional no es lo suficientemente eficaz en una evaluación sumativa y, por lo tanto, pierde la elegibilidad para ascender en la escala salarial, no se le permitirá ascender en la escala salarial del distrito y no recibirá ningún aumento salarial asociado con el ascenso en el año siguiente. Los educadores seguirán siendo elegibles para los ajustes por costo de vida (COLA).
Los docentes que no hayan sido tan eficientes recibirán una evaluación sumativa el año siguiente. Si los resultados de la evaluación demuestran que el docente es eficiente, se le restituirá la posición en la escala salarial en el nivel y carril en el que se habría encontrado si no se hubiera aplicado la congelación.
Todos los administradores serán evaluados mediante el mismo proceso, pero serán responsables de cumplir con los Estándares de Liderazgo Educativo de Utah. La compensación seguirá el cronograma de salarios administrativos con las siguientes estipulaciones:
Debido proceso para la evaluación sumativa
Un educador que no esté satisfecho con una evaluación sumativa tiene quince (15) días después de recibir la evaluación escrita para solicitar una revisión de la evaluación.
Si se solicita una revisión, el superintendente o su designado designará a una persona, que no sea un empleado del Distrito, que tenga experiencia en evaluación de maestros o personal para que revise y haga recomendaciones al superintendente con respecto a la evaluación sumativa del educador. La revisión de la evaluación sumativa de un educador se realizará de acuerdo con las Reglas de la Junta Estatal de Educación. Código de Utah Ann. 53a-8a-406
Debido proceso para la evaluación formativa
Un educador que no esté satisfecho con una evaluación formativa tiene quince (15) días después de recibir la evaluación escrita para solicitar una revisión de la evaluación.
Si se solicita una revisión, el superintendente o su designado revisará las líneas de evidencia y hará una recomendación.
Deficiencia y remediación
Un desempeño inadecuado o un desempeño que necesita mejorar se define como estar en o por debajo del segundo nivel más bajo de un instrumento de evaluación que diferencia entre cuatro niveles de desempeño como se describe en la Sección 53A-8a-405.
La persona responsable de administrar la evaluación de un educador deberá entregarle al educador cuyo desempeño sea inadecuado o necesite mejorar un documento escrito que identifique claramente un plan de asistencia que incluya:
El plazo para la ejecución del plan de ayuda no podrá exceder de 120 días, sin embargo podrá extenderse hasta el siguiente año escolar.
El educador es responsable de mejorar su desempeño, incluyendo el uso de cualquier recurso identificado por el Distrito, y demostrar niveles aceptables de mejora en las áreas designadas de deficiencias; sin embargo, esto junto con los puntos 2 y 3 anteriores, no se aplica si el desempeño insatisfactorio del educador se documentó por la misma deficiencia dentro de los tres años anteriores y se implementó un plan de asistencia.
Un empleado cuyo desempeño sea insatisfactorio no podrá ser transferido a otra escuela a menos que la Junta apruebe específicamente la transferencia del empleado.
Declaración de privacidad
El Distrito Escolar North Sanpete no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, sexo, discapacidad o edad en sus programas.
Divulgación de derechos civiles | Prohibición de acoso, hostigamiento y represalias | SafeUT
El Distrito Escolar North Sanpete se compromete a hacer que nsanpete.org y todos los sitios afiliados cumplan con la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA). En este momento, reconocemos que no todas las áreas de nuestros sitios web pueden cumplir con la ADA.
Rediseñamos continuamente el contenido para que cumpla con las pautas de Nivel Dos del W3C.
Para denunciar sospechas de fraude, comuníquese con la línea directa de USBE al (801) 538-7813 o envíe un correo electrónico a audit@schools.utah.gov.